15/01/2026

Oficializan nuevos requisitos para la comercialización de semillas de trigo y cebada a granel

El Instituto Nacional de Semillas oficializó la medida; el rotulado será cada 500 kilos. AGROFY NEWS - 15/01/2026
 
La comercialización de semillas de trigo y cebada cervecera tienen nuevos requisitos. El Instituto Nacional de Semillas (Inase), a través de la Resolución 11/2026, estableció que a partir del 15 de enero la comercialización de semilla fiscalizada a granel deberá realizarse bajo un nuevo esquema de identificación.
La normativa dispone que la emisión del Documento de Autorización de Venta (DAV) se contabilizará a razón de un Rótulo de Seguridad IQR por cada 500 kilogramos de semilla o fracción menor. La medida, firmada por el presidente del INASE, Martin Famulari, es una actualización de las reglamentaciones vigentes desde 1997 y 2001.
 
La resolución explicó que el cambio surge tras la implementación, desde el 1 de enero de 2026, del Rótulo de Seguridad IQR como el documento identificatorio obligatorio para la clase fiscalizada de estas especies.  “La semilla deberá ser entregada con el correspondiente Remito Comercial, más la información que la reglamentación establece y al que se adjuntarán, adheridos, los rótulos equivalentes al volumen adquirido”, dice la resolución.
inase
 

Cómo funciona la comercialización a granel

El proceso para la venta de semilla fiscalizada de trigo y cebada a granel se rige ahora por los siguientes puntos clave establecidos por el INASE:
La identificación por volumen, a diferencia de la semilla embolsada donde el rótulo va en cada envase, se debe entregar una cantidad de Rótulos de Seguridad IQR proporcional al peso de la carga. El cálculo oficial es de un rótulo por cada 500 kg.
Por su parte, las plantas deben respaldar la operación con el documento de Autorización de Venta (DAV). Este contempla el uso de los identificadores IQR que no están adheridos a un envase específico, sino que se entregan al agricultor para validar el lote.
Al momento de la entrega, el productor debe recibir el remito comercial con toda la información que exige la reglamentación vigente. Por último, es obligatorio que los rótulos de seguridad estén adheridos físicamente al remito de la transacción.