15/03/2024

“El tiempo pasa”: preocupación en el campo tras el rechazo al DNU de Milei

Luego de la votación en el Senado, Nicolás Pino, presidente de la Rural, pidió dejar de lado “los tironeos”; la iniciativa del Gobierno tiene importantes puntos para el agro. LA NACION - 14/03/2024
 

Luego del rechazo en el Senado al megaDNU de Javier Milei, Nicolás Pino, presidente de la Sociedad Rural Argentina (SRA), pidió dejar de lado “los tironeos” y avanzar a un ámbito que permita la inversión en el país.

“Mientras siguen las discusiones en el Congreso, el tiempo pasa y da lugar a que ocurran situaciones novedosas: por primera vez en la historia el Senado rechaza un DNU de un Presidente”, expresó el dirigente rural.

Según señaló, la sociedad necesita de “respuestas por parte de la política”. Acotó: “Seguimos esperando que dejen de lado los tironeos y generen ámbitos para la inversión y el desarrollo para poder dar más previsibilidad y certeza para todos”.

El DNU de Milei tiene varios puntos importantes para el agro, como la prohibición a que se busque trabar las exportaciones por motivos económicos. Vale recordar que el gobierno anterior, por ejemplo, cerró las exportaciones de carne vacuna y luego avanzó hacia un sistema de cuotificación. Incluso le puso una veda a la venta al exterior de siete cortes populares. También controlaba las exportaciones de maíz y trigo con “volúmenes de equilibrio”.

El artículo 609 de la ley N° 22.415 del Código Aduanero quedaba redactado de la siguiente manera: “El Poder Ejecutivo Nacional no podrá establecer prohibiciones ni restricciones a las exportaciones o importaciones por motivos económicos. Solo se podrán realizar por Ley”.

En ese marco, indicó que “son económicas” las prohibiciones establecidas con cualquiera de los siguientes fines: “a) asegurar un adecuado ingreso para el trabajo nacional o combatir la desocupación; b) ejecutar la política monetaria, cambiaria o de comercio exterior; c) promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o vegetales; d) estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de oferta adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno; e) atender las necesidades de las finanzas públicas; f) proteger los derechos de la propiedad intelectual, industrial o comercial; g) resguardar la buena fe comercial, a fin de impedir las prácticas que pudieren inducir a error a los consumidores”.

El DNU prohíbe trabar exportaciones
El DNU prohíbe trabar exportacionesAFIP

El decreto agregaba otro párrafo: “El Poder Ejecutivo Nacional no podrá establecer prohibiciones o cupos a las exportaciones ni importaciones por motivos o fundamentos económicos”.

Cambios

Además, el megadecreto incluyó la derogación de la ley de extranjerización de tierras, la quita de facultades al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) para regular precios de la materia prima y la flexibilización para la contratación en las bolsas de trabajo rurales, entre otros puntos.

En este marco, el DNU también abrió la posibilidad de que los contratos forwards de los granos se puedan pagar directamente en dólares a los productores, y no con la conversión a pesos de hoy. Esto está contemplado con la modificación de tres artículos del Código Civil y Comercial.

Respecto de la ley de tierras, en el decreto se indicó que “es menester derogar” la ley 26.737 “que limita el derecho de propiedad sobre la tierra rural y las inversiones en el sector”. Esa norma, de 2011, impide que estén en manos extranjeras más de un 15% de las tierras; el porcentaje en propiedad extranjera no supera en rigor el 5%.

El DNU impulsó la derogación de la ley de tierras
El DNU impulsó la derogación de la ley de tierras

El capítulo V del decreto hace mención al Régimen del Trabajo Agrario creado por la ley 26.727. Al respecto, menciona las bolsas de trabajo usadas por ejemplo para contratar para temporales como la extracción de granos de silobolsas y otras actividades.

“Las bolsas de trabajo a cargo de las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial podrán proponer a los empleadores un listado del personal necesario para la realización de tareas temporarias en las actividades contempladas en la presente ley, conforme las resoluciones que a tal efecto dicte la Comisión de Trabajo Agrario. El empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra que disponga. Queda derogada toda norma que se oponga al presente artículo y/o a la libertad de contratación y elección del personal por parte del empleador”. De acuerdo a lo dispuesto, habrá libertad para contratar más allá de lo que sugiera la bolsa.

En la red X, el productor y senador de La Libertad Avanza, Francisco Paoltroni, apuntó: “Finalmente el kirchnerismo y aliados que NO LA VEN rechazaron el DNU en el Senado. No importa, presidente @JMilei, quedó demostrado que somos muchos más los convencidos de que el país necesita un cambio profundo, por eso vamos a seguir trabajando para la reconstrucción argentina”.