La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el blanqueo de capitales. Esta medida permite adherir al Régimen de Regularización de Activos, contemplado en la Ley 27.743 "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes", que se publica hoy en el Boletín Oficial.
Esta iniciativa del Ejecutivo ofrece la posibilidad de no pagar impuestos a quienes regularicen hasta US$ 100.000. Además, se podrá regularizar cualquier monto sin costo, si no se retira el dinero del sistema financiero antes del 31 de diciembre de 2025 o se lo invierte en los destinos autorizados
Por otra parte, la AFIP contemplé que también pueden exteriorizar activos las personas no residentes “Esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país, y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso”, informó el organismo.
La iniciativa del Ejecutivo busca que el ingreso al régimen sea lo antes posible. Para llevar adelante este propósito, implementó un incremento en las alícuotas con el correr del tiempo.
El blanqueo brinda una opción para aquellas personas que mudaron la residencia fiscal a otro país. En este caso, al adherirse al blanqueo, estas personas adquirirán nuevamente la residencia a partir del 1 de enero de 2024.
La AFIP informó que los interesados pueden adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45 % por año. “Esto beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal, ya que no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio”, destacó el organismo.
Los contribuyentes que cumplieron con sus declaraciones y pagos en 2020, 2021 y 2022, se prevé una reducción de 0,5 % de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025.
En el caso de la exteriorización, se permite los bienes que están en poder del contribuyente (titularidad, posesión, tenencia o guarda) al 31 de diciembre de 2023, lo cual se acreditará en la declaración jurada adjuntando las constancias de la tenencia y valuación de los mismos a dicha fecha.
“En el caso de exteriorizar dinero en efectivo, el mismo deberá depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos, y mientras se mantengan en la misma no pagarán el impuesto. Sin embargo, los fondos que no sean transferidos a dichas cuentas tributarán. El dinero en efectivo debe regularizarse dentro de la primera etapa, hasta el 30 de septiembre de 2024”, informó la AFIP.