30/03/2012

A partir del 1º de abril cambiará la modalidad de las Cartas de Porte para el transporte

La Resolución 3292 fija que las Cartas de Porte impresas con anterioridad, que no hayan sido utilizadas a esa fecha y no se les hubiere asignado el CTG, deberán ser reimpresas, de acuerdo a los nuevos modelos que se aprobaron. AGROSITIO 

La Resolución General (RG) 3292 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada el día 23/03/2012, establece un cambio del modelo de cartas de porte a partir del 01/04/2012.

La medida se respalda en el Decreto Nº 34 del 26 de enero de 2009, que dispuso la creación de un sistema de emisión, seguimiento y control de Carta de Porte y Conocimiento de Embarque, y estableció el uso obligatorio de la Carta de Porte como único documento válido para el transporte automotor y ferroviario de carga de granos y ganado, así como del Conocimiento de Embarque para el caso del transporte fluvial de granos y ganado.

En función de ese decreto, por Resolución General Nº 2.595 se reglamentó el uso del formulario "Carta de porte para el transporte automotor y ferroviario de granos".

Las principales modificaciones consisten en:

- El Código de Emisión Electrónica (CEE) podrá ser leído por lector de código de barras. Anteriormente solamente se podía leer el número de la carta de porte para ambos transportes.

- Incorpora la obligación de expresar una tarifa por tonelada de referencia, la cual es establecida por la Subsecretaria de Transporte, además de la tarifa a facturar para transporte automotor.

- Incorpora para los cambios de destino y destinatario la posibilidad de colocar el nuevo destinatario y su CUIT para ambos transportes, para caso de rechazos en destino

- En la ferroviaria elimina el dato del conductor, la firma del remitente y el campo observaciones, agregando el campo de arribado/descargado

- En el Código de Trazabilidad de Granos (CTG) será obligatorio agregar la cantidad de kilómetros a recorrer, la cual debe coincidir con el dato de la carta de porte.

- Este sistema sería aplicado para las cartas de porte utilizadas a partir del 01/04/2012, inclusive

- Las cartas de porte existentes y sin utilizar bajo el modelo actual, deberán reimprimirse con el mismo número de carta de porte con el nuevo modelo. Por ende, perderán validez las que hasta ahora se usaban, incluso aquéllas que se hubieren obtenido con anterioridad, conforme el "viejo" formato y tuvieren o no asignado el CTG.

Para leer la Resolución completa de la AFIP, haga CLICK AQUÍ