26/08/2021

Últimos usos prohibidos de fitosanitarios en la Argentina

En el mundo vienen restringiendo el uso de algunos insecticidas y en nuestro país estas acciones no son la excepción, aunque vienen reglamentándose con cierto retraso. Hoy trataremos las prohibiciones de Clorpirifos y de Fipronil. CEDASAC.

La Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) dijo la semana pasada que publicaría un reglamento para bloquear el uso de Clorpirifós. La nueva regla, que entrará en vigencia en seis meses, sigue una orden de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito que ordenó a la EPA que detenga el uso agrícola del químico que se aplica comúnmente al maíz, la soja, las manzanas, el brócoli, los espárragos y otros productos a menos que pueda demostrar su seguridad. Varios estados, incluidos California, Hawái, Nueva York y Maryland, han prohibido o restringido el uso de clorpirifós, y los fiscales generales de esos estados, así como los de Washington, Vermont y Massachusetts, se unieron a la petición.

Hoy, este fitosanitario se usa y comercializa en gran parte de Latinoamérica.

  • En Colombia se comercializa y se usa en varios cultivos.
  • En Ecuador se mantiene vigilancia, pero se hacen recomendaciones.
  • En Perú no tiene restricciones.
  • En Venezuela no se registra prohibición.
  • En Bolivia se mantiene monitoreado.
  • En Chile es considerado moderadamente peligroso.
  • En Paraguay se comercializa.
  • En Uruguay, la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca resolvió “extender la exigencia” de receta profesional obligatoria para la compraventa de insecticidas nacionales e importados Neonicotinoides formulados a partir de los Ingredientes Activos Clotiadinina, Imidacloprid, Tiametoxan y para Clorpirifos.

 

La Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), en agosto de 2019, publicó un comunicado donde concluía que los plaguicidas etil clorpirifos y metil clorpirifos no cumplen “con los criterios aplicables para proteger la salud humana establecidos en la legislación de la Unión Europea” y recomendaba que no se renovaría su autorización más allá del 31 de enero de 2020, fecha en la que expiró su licencia.

¿Qué pasa en Argentina?

Hacia el final del año 2022, en Argentina estará prohibido el uso de productos fitosanitarios formulados a base de clorpirifós etil y clorpirifós metil. Así lo establece la resolución Nº 414/2021 publicada en el Boletín Oficial por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Este organismo sanitario dispuso la prohibición para importar este principio activo a partir de los próximos 45 días, la prohibición para elaborarlo y fraccionarlo a nivel local en un plazo máximo de 90 días, y la prohibición de comercialización y uso a partir de los 455 días desde que entre en vigencia esta resolución.

Desde esa fecha, se producirá la baja automática de los registros de principios activos y de los productos fitosanitarios que contengan clorpirifós etil y clorpirifós metil, en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal a cargo de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SENASA.

La única excepción para estas disposiciones son aquellos casos en que este agroquímico sea fabricado para su exportación. En los considerandos de la resolución, el SENASA explica que el principio activo clorpirifós está siendo sometido a procesos de revisión de registro en muchas agencias regulatorias del mundo. En ese marco, la Dirección de Agroquímicos y Biológicos “ha realizado una revisión integral de antecedentes científicos sobre los riesgos para la salud humana asociados a esta sustancia activa”, que incluyó los resultados de nuevos estudios de toxicología crónica.

Como resultado de la revisión de antecedentes, la mencionada Dirección actualizó los parámetros toxicológicos crónicos y los coeficientes de seguridad que determinan la ingesta diaria admisible utilizada para realizar los análisis de riesgo al consumidor, de los usos aprobados del clorpirifós. Como resultado del análisis, resulta necesario restringir los usos agrícolas aprobados.

Por otra parte, desde el 30 de septiembre 2017, el insecticida Fipronil ya no pudo utilizarse más para fines agrícolas en la Unión Europea, puesto que una abrumadora evidencia científica demuestra que son altamente peligrosos para las abejas y otras especies.

En Europa, en 2017, estalló un escándalo que lo puso en la mirada de todos cuando debieron retirarse millones de huevos del mercado debido a que la Agencia Federal para la Seguridad de la Cadena Alimentaria (FASFC) de Bélgica determinó que una empresa holandesa ChickFriend había realizado un tratamiento basado en Fipronil sobre las gallinas ponedoras. Este insecticida se puede encontrar en diferentes concentraciones. Algunas de las opciones de sus usos son el grillo subterráneo, bicho bolita, hormigas podadoras, siete de oro y tucuras.

El Fipronil comenzó a ser revisado junto a otros insecticidas como Acetamiprid, Imidacloprid, Tiametoxam, Clotianidin, Dinotefuran y Tiacloprid, especialmente a partir de estudiar su impacto sobre la población de abejas en el medio rural. Existen varias empresas que lo utilizan para ofrecer a los productores para el tratamiento de semillas, en cebos o como suspensión concentrada y gránulos dispersables para la pulverización sobre cultivos y pasturas.

Los insecticidas de la familia neonicotinoides, así como también la sustancia activa Fipronil, han sido sujetos a procesos de reevaluación de sus usos agrícolas aprobados por diversas agencias regulatorias del mundo”, informó el SENASA en la Resolución Nº 425/2021, que fue publicada en el Boletín Oficial y dispone un plazo de seis meses para prohibir la importación, la formulación y el fraccionamiento de productos fitosanitarios formulados a partir de este principio activo.

Luego, en un plazo de 485 días (que nos aproxima a fines de 2022), se prohibirá la comercialización y uso en todo el Territorio Nacional de los productos formulados a base de Fipronil como Suspensión Concentrada (SC) y Gránulos Dispersables (WG).

El SENASA estableció que resulta conveniente dejar transcurrir un plazo razonable antes de que sea aplicable la reducción de los Límites Máximos de Residuos (LMR) establecidos a los efectos de inscripción de los usos foliares de la sustancia activa Fipronil, con el fin de que los productores agrícolas de Argentina o de los terceros países, tengan tiempo de prepararse para cumplir los nuevos requisitos.

CEDASAC recomienda a los Distribuidores tener en cuenta las Resoluciones Nº 414/2021 y 425/2021 de los respectivos productos, controlar los stocks de los mismos y hablar con los proveedores por sus cantidades remanentes. Es fundamental recordar la fecha de caducidad para la comercialización de ambos productos.

Recordemos:

  1. Clorpirifós etil y Clorpirifós metil 05 de Noviembre de 2022 Res. 414/2021
  2. Fipronil 12 de Diciembre de 2022 Res. 425/2021