Por medio de una nueva decisión administrativa, el Poder Ejecutivo Nacional amplió el listado de actividades y servicios que por ser considerados esenciales deben quedar exceptuados del aislamiento, social, preventivo y obligatorio. AGROVERDAD
En este nuevo listado, que amplia las excepciones contempladas en el artículo 6 del decreto 297/20 y de la decisión administrativa 429/20, se incluyen más actividades afines a la cadena agroindustrial.
Específicamente, quedan exceptuadas de la Cuarentena:
La nueva disposición establece que los desplazamientos de las personas incluidas en estas nuevas excepciones deberán limitarse al estricto cumplimiento de sus actividades y servicios, y por consiguiente deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación/Covid-19.
*hacer click aqui para acceder a la resolución