Luego de promulgar la ley la semana pasada, el Gobierno publicó este viernes en el Boletín Oficial la reglamentación de las "Medidas fiscales paliativas y relevantes", más conocido como el paquete fiscal.
Mediante el Decreto 608, el presidente Javier Milei reglamentó la rebaja en Bienes personales, el blanqueo de capitales y la moratoria para regularizar sus obligaciones. Los contribuyentes que se encuentren en mora con estas obligaciones pueden adherirse al régimen para obtener ciertos beneficios, como la condonación de intereses y multas, y planes de pago.
El mismo contempla la creación de un "Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social", la implementación de un "Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior", la reglamentación de un “Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales” (REIBP).
Así, la ley establece un régimen especial para la regularización de obligaciones fiscales, aduaneras y de seguridad social, así como un régimen para la regularización de activos ubicados en Argentina y en el extranjero.
El texto también es claro a la hora de señalar que los contribuyentes que se adhieran al régimen renunciarán a su derecho a reclamar reintegros de impuestos, derechos aduaneros o contribuciones a la seguridad social que hayan sido regularizados.
La ley establece un régimen para la regularización de activos en el exterior. Los contribuyentes que tengan activos que no hayan declarado a las autoridades fiscales pueden adherirse al régimen para regularizar estos activos y pagar un impuesto especial.
Procedimiento para la adhesión: los contribuyentes deberán primero manifestar su adhesión al régimen. Luego, tienen que presentar una declaración jurada especial y pagar un impuesto especial sobre los activos regularizados. Dicho gravamen se calcula a una tasa del 15% sobre el valor de los activos regularizados. Los contribuyentes pueden optar por pagar el impuesto en cuotas de hasta 5 años, según indica la ley.