18/04/2018

Prohibieron el uso, venta y comercialización de glifosato en Gualeguaychú

Tampoco se podrán realizar aplicaciones ni expendio, almacenamiento o transporte del producto o derivados. Nueve votos del FpV fueron a favor, mientras que los 3 en contra resultaron del bloque Cambiemos. INFOCAMPO

El Concejo Deliberante de Gualeguaychú aprobó el lunes por la noche la ordenanza que prohíbe el uso, venta y comercialización de glifosato en todo el ejido.
En la votación de la iniciativa presentada por el Ejecutivo Municipal en diciembre pasado, 9 votos de Frente para la Victoriafueron a favor, mientras que los 3 en contra resultaron del bloque Cambiemos.
La sesión fue presenciada por vecinos, agrupaciones ambientalistas y diferentes grupos que promueven la agroecología.
Cabe destacar que la ordenanza indica que tampoco se podrán realizar aplicaciones ni expendio, almacenamiento o transporte del producto o derivados.
Asimismo, en su segundo artículo establece que la Dirección de Ambiente, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social y Salud, la Dirección de Inspección General y la Dirección de Tránsito, dependientes de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, serán los órganos de aplicación y control.
En tanto, el tercer artículo faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a conformar unacomisión ad hoc “que tenga por objeto el estudio y seguimiento de la temática de esta ordenanza, donde se encuentren representadas todas las fuerzas políticas integrantes del Honorable Concejo Deliberante, como así también las áreas competentes del Poder Ejecutivo, pudiendo ser invitadas participar por el Departamento Ejecutivo las instituciones y organizaciones intermedias que desarrollen actividades vinculadas a la defensa del ambiente y de la salud”.
LAS SANCIONES
La ordenanza deja en claro que la prohibición “no admitirá ningún tipo de excepciones posteriores de ninguna índole” y aclara que más allá de las penas que correspondan por el código de faltas municipal, se establecerán las siguientes sanciones específicas para quien incumpla con lo establecido:
“a)- A quien o quienes incumplan lo normado por el Artículo 1° de la presente en cuanto a uso y aplicación, se les decomisarán los productos y se aplicará una multa de 500 UTM. En caso de reincidencia se decomisará y corresponderá una multa de 1000 UTM a modo de sanción, incrementándose la misma en futuras ocasiones de manera gradual al doble de la última sanción.
b)- A quien o quienes incumplan lo normado por el Artículo 1° de la presente en cuanto a almacenamiento, expendio y venta, se les decomisarán los productos y se les aplicará una multa de 500 UTM. En caso de reincidencia corresponderá decomiso, multa de 1000 UTM y la clausura preventiva del establecimiento donde se detecte dicha violación.
También la ordenanza insta a invitar al resto de los Concejos Deliberantes de la ciudades y comunas de la Provincia a llevar adelante medidas semejantes a la que se establece en la presente ordenanza”.
LOS ARGUMENTOS
Según describió la HCD, la ordenanza tiene en cuenta diferentes tipos de considerandos para establecer la prohibición del uso del glifosato en el ejido de Gualeguaychú, entre los que se destacan que “la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC), ámbito especializado de la Organización Mundial de la Salud (OMS), confirmó la vinculación entre el herbicida glifosato y el cáncer, incluyéndose en el Grupo 2A de principios activos que se ‘clasifican como probables carcinógenos para los seres humanos'” y que “luego de un año de exhaustivo trabajo de 17 expertos científicos de 11 países, el máximo espacio para el estudio del cáncer de la OMS categorizó al glifosato, agroquímico más utilizado del mundo, pilar del modelo transgénico, en la segunda categoría más alta vinculada a la enfermedad”. “Hay pruebas convincentes de que el glifosato puede causar cáncer en animales de laboratorio y hay pruebas limitadas de carcinogenia en humanos”, citó, y remarcó que “la evidencia ‘limitada’ significa que existe una ‘asociación positiva entre la exposición al producto químico y el cáncer’, pero que no se pueden descartar ‘otras explicaciones'”.
También sostuvo que “en el mismo informe la IARC-OMS afirmó que el herbicida ‘causó daño del ADN y los cromosomas en las células humanas’, teniendo esto relación directa con el cáncer y malformaciones, y detalló que se detectó glifosato en agua, en alimentos, en sangre y orina de humanos y que ‘la reciente clasificación de la IARC-OMS es consecuencia de la creciente evidencia científica generada por diversos investigadores independientes. Esta evidencia, hasta el momento deliberadamente ignorada, implica que se han utilizado millones de litros de un herbicida con potencial carcinogénico con las regulaciones propias de una sustancia prácticamente inocua’, y que, en consonancia con lo dicho, científicos del CONICET publicaron en 2016 un estudio en el que dictaminaron la presencia de altos niveles de glifosato y su degradación en toda la cuenca del Paraná, encontrándose que en el fondo de los ríos hay 3 o 4 veces más partículas de glifosato que en los campos”.