La Subsecretaría de Transporte de la Nación establecerá trimestralmente o en plazos menores precios mínimos y máximos para las tarifas que se apliquen en el transporte de carga de cereales y recibirá las denuncias de incumplimiento de dichos cuadros tarifarios.EL CRONISTA
La medida fue adoptada por la Disposición 36, publicada ayer en el Boletín Oficial, donde se declaró de interés regulatorio el transporte automotor de carga de granos por carretera, luego de la medida de fuerza de los transportistas durante la semana pasada.
La Subsecretaría a cargo de Jorge González dispuso, además, la creación de un registro de infractores, en el cual podrían figurar empresas transportistas, cámaras del sector, acopiadores, industrias, dadores y tomadores de carga, y cualquier otro intermediario en la operatoria de fletes de granos.
La medida forma parte del acuerdo alcanzado por el gobierno y la Federación de Transportadores Argentinos (Fetra) que puso fin la pasada semana a un lock-out de tres días y que bloqueó los ingresos a los principales puertos cerealeros del país.
Más allá de la decisión oficial de establecer un piso y un valor máximo para la tarifa que cobrará el sector, en la norma no se menciona si el piso básico tarifario será establecido en la Carta de Porte, tal como reclamó la Fetra.
Para los transportistas, la Carta de Porte resulta el único documento válido que posibilita una autorización oficial para cumplir con el traslado de mercadería por las rutas locales
En los considerandos de la disposición se indicó que los mecanismos establecidos por la Subsecretaría de Transporte resultan extraordinarios y se expresó que permitirán dar soluciones a la problemática del sector.
Según lo dispuesto, la Subsecretaría de Transporte será la encargada de establecer trimestralmente o en plazos menores si fuera necesario una tarifa indicativa para el transporte de cargas de granos con un piso de menos un 5% y un tope incremental máximo del 15%.
La decisión de las autoridades de declarar a esta actividad de interés regulatorio en el orden nacional permite que los cuadros tarifarios sean compatibles con el resto de las actividades de la cadena de comercialización de granos, según se afirmó en la norma.