29/04/2024

Diputados vota la ley bases y se incluyeron cambios en la ley de trabajo agrario

Este lunes, la Cámara baja tratará el paquete de medidas que propuso el Gobierno; reforma laboral, Ganancias, entre otros puntos. AGROFY NEWS - 29/04/2024
 

La Cámara de Diputados trata el proyecto de ley bases este lunes. La sesión comenzará a las 12 y tiene como temario tratar la reforma laboral, el impuesto a las Ganancias y la ley bases.

En la última semana, el agro se movió para que se incluyan cambios en la ley de trabajo agrario. La Fundación Barbechando y Confederaciones Rurales Argentinas propusieron cambios en cuatro puntos: bolsa de trabajadores, contrataciones a servicios de terceros, periodo de prueba y régimen de solidaridad.

Las negociaciones con los legisladores dieron sus frutos. El Gobierno tomó algunos de los puntos y los introdujo. Entre ellos se destacan la bolsa de trabajadores, contrataciones a servicios de terceros y periodo de prueba.

El proyecto también sufrió modificaciones por los diputados “dialoguistas”. El Gobierno confía en tener el piso de votos para avanzar con la votación.


Cambios en la ley de trabajo agrario

El proyecto de la ley bases que obtuvo dictamen incluye las siguientes modificaciones:

ARTÍCULO 94°.– Sustitúyanse los artículos 16 y 69 de la Ley Nº 26.727, por los siguientes:

ARTÍCULO 16.- Contrato de trabajo agrario permanente de prestación continua. El contrato de trabajo agrario se entenderá celebrado con carácter permanente y como de prestación continua, salvo los casos previstos expresamente por esta ley. Su extinción se regirá por lo dispuesto en el Título XII de la ley 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Para los trabajadores de tiempo indeterminado del sector agrario será de aplicación lo dispuesto respecto del período de prueba en el artículo 92 bis de la ley 20.744.”

ARTÍCULO 95°.- Bolsa de trabajo. Las bolsas de trabajo a cargo de las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial podrán proponer a los empleadores un listado del personal necesario para la realización de tareas temporarias en las actividades contempladas en la presente Ley, conforme las resoluciones que a tal efecto dicte la Comisión de Trabajo Agrario. El empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra que disponga. Queda derogada toda norma que se oponga al presente artículo y/o a la libertad de contratación y elección del personal por parte del empleador”.

Y referido a la contratación de empresas de servicios, se incluyó el artículo 97.

ARTÍCULO 97°.- Deróganse los artículos 8° a 17 y 120, inciso a), de la Ley N° 24.013; el artículo 9° de la Ley N° 25.013; los artículos 43 a 48 de la Ley N° 25.345; el artículo 15 de la Ley N° 26.727 y el artículo 50 de la Ley N° 26.844. ARTÍCULO 98°.- Derógase la Ley N° 25.323 y toda norma que se oponga o resultare incompatible con el contenido del presente Título.