22/08/2014

Información sobre granos a la Afip

Según el estudio Echegaray Ferrer Consultores Asociados, con sede en Córdoba, los productores tienen plazo hasta el próximo 31 de agosto para aportar la información, que incluye la producción total de los mencionados granos, independientemente del destino posterior a la cosecha. LA VOZ

Por medio de la Resolución General 3.342/12, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) estableció un régimen de información referida a la producción de granos no destinados a la siembra de trigo, maíz, soja y girasol.

Según el estudio Echegaray Ferrer Consultores Asociados, con sede en Córdoba, los productores tienen plazo hasta el próximo 31 de agosto para aportar la información, que incluye la producción total de los mencionados granos, independientemente del destino posterior a la cosecha.

Los sujetos alcanzados son los productores cuya actividad principal o complementaria sea la obtención de los granos no destinados a la siembra de trigo, maíz, soja y girasol, mediante la explotación de inmuebles rurales, propios o de terceros. La obligación deberá cumplirse aun cuando el sujeto obligado no disponga, al momento de suministrar la información, de existencias de tales granos y/o de superficie afectada a la producción agrícola y/o de producción. Los incumplimientos pueden afectar la obtención de cartas de porte y del Código de Trazabilidad de Granos, la registración de los contratos y liquidaciones primarias y la suspensión en el Registro de Operadores.