Productores de Granos - Régimen de Información - Resolución General Nº 3.342/2012
Nuevo Régimen de Información respecto de la producción de granos no destinados a la siembra de trigo, maíz, soja y girasol, incluyendo la producción total de los mencionados granos, independientemente del destino que se le otorgue a los mismos con posterioridad a la cosecha.
Estarán obligados a cumplir el referido régimen informativo, los productores cuya actividad, principal o complementaria, sea la obtención de los productos indicados, mediante la explotación de inmuebles rurales, propios o de terceros, bajo alguna de las formas establecidas por la Ley Nº 13.246 de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, u otras modalidades.
Además se prevén graves sanciones ante el incumplimiento, total o parcial, del régimen de información dispuesto.
Resolución General Nº 2.750 y su modificación - Click Aquí