Resolución General Nº 3.292/2012 - Transporte de Granos - Nuevo modelo Carta de Porte incorporando la tarifa de referencia del flete
Por medio de la presente Resolución General se incorpora en el modelo de Carta de Porte Automotor la obligación de consignar junto con la tarifa pactada con el transportista, la tarifa de referencia del flete que establecerá la Subsecretaría de Transporte Automotor al momento de solicitar el Código de Trazabilidad de Granos (C.T.G.).
La presente resolución general resultará de aplicación para todo traslado de granos que se efectúe a partir del día 1º de Abril de 2012, inclusive.
No obstante lo expuesto, las Cartas de Porte impresas con anterioridad, que no hayan sido utilizadas a esa fecha y no se les hubiere asignado el Código de Trazabilidad de Granos, deberán ser reimpresas, de acuerdo a los nuevos modelos que se aprueban. Las Cartas de Porte a las cuales se les hubiere asignado el Código de Trazabilidad de Granos, con anterioridad al 1º de Abril de 2012, deberán ser anuladas. (Click Aquí)