13/02/2004

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL RIESGOS DEL TRABAJO PRESTACIONES EN ESPECIE. COBERTURA. TRASLADOS. IMPLEMENTACIÓN RESOLUCIÓN Nº 133/2004 (Superint. Riesgos del Trabajo)

Se dispone que las aseguradoras de riesgos del trabajo y los empleadores autoasegurados, según corresponda, deberán arbitrar los medios necesarios a fin de asegurar la presencia de los trabajadores damnificados ante los prestadores asistenciales, toda vez que deban concurrir a recibir las prestaciones en especie establecidas en el artículo 20 de la ley 24557.

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  • 361-Ve-BO-Res133-04-RiesgosdelTrabajo-13-02-04.pdf Descargar