Trabajo Agrario: Resolución Nº 17/02 (CNTA) TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. JORNADA DE TRABAJO. TRABAJO AGRARIO. PROVINCIA DE CÓRDOBA. DURACIÓN. HORAS EXTRAS. VALOR Y LIMITACIÓN
Se establece que la jornada de trabajo para todo el personal comprendido en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario -L. 22248-, en el ámbito de la Provincia de Córdoba, no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, de lunes a sábado. Asimismo se contempla el valor y la limitación de las horas extraordinarias.