SE ESPECIFICAN LOS DATOS CONSTITUTIVOS DE LOS BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA JEFES DE HOGAR
Mediante la Resolución 553/02 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación continúa reglamentando los distintos aspectos del Programa Jefes de Hogar. En este caso se instituyen los datos constitutivos que los distintos actores deben aportar a los fines de constituir el carácter de beneficiarios del programa apuntado. Con relación a los datos a brindar, los mismos deberán ser provistos por el Municipio, el Beneficiario y el Grupo Familiar. La falta de datos de carácter indispensable será pasible de las sanciones previstas en el procedimiento y fiscalización del programa.