Rúbrica de Documentación Laboral | Resolución N° 8/2022
Síntesis:
Se establece, por única vez, un plazo de regularización para la presentación de libros, planillas y demás documentación laboral en formato digital, prevista por la normativa vigente a partir de la publicación de la presente resolución y hasta el día 30 de Junio de 2022, correspondiente a los dos últimos años a los efectos de la rúbrica sin sanciones, para todos los empleadores que deban llevar documentación laboral, con carácter obligatorio, en el marco de la legislación de fondo y conforme a la actividad que desempeñan en la Provincia de Córdoba, ante el Sistema Provincial de Registro y Administración de Rúbrica de Libros y Documentación Laboral del Ministerio de Trabajo.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Resolución N° 103/2010.
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