28/04/2003

Resolución 212/03 Superintendencia de Riesgos del Trabajo Los empleadores en mora y sin personal en relación de dependencia podrán acogerse al Plan de Pagos establecidos por el Decreto 2.239/02 y la Resolución SRT 520/01

Recordemos que mediante el Decreto 2.239/02 se aprobó un Plan de Inclusión de Empleadores (reconocimiento de deuda, compromiso y plan de pago mediante) destinado a integrar en la normativa de la Ley 24.557 a todos los empleadores que adeuden sumas en conceptos de cuotas omitidas al Fondo de Garantía previsto en el art. 28 de la Ley de Riesgos del Trabajo. Este artículo 28 estipula que los empleadores que no hubieran contratado con ART ni se hayan autoasegurado, deben depositar las cuotas omitidas en un Fondo de Garantía creado por el art. 33 de la misma ley. Ahora mediante la resolución que adjuntamos se incluye en este régimen a aquellos empleadores que no posean personal en relación de dependencia o hayan cesado en su actividad, sin que se requiera la previa afiliación a una ART.

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