06/01/2023

Protección Social | Decreto Nº5/2023

Síntesis: Se dispone el efectivo acceso a los recursos de la seguridad social de todo niño, toda niña y adolescente respecto del o de la cual se hubiera adoptado una medida de protección excepcional y permanezca en dispositivos residenciales de cuidado, de gestión pública o privada, o en dispositivos familiares de cuidado.
Para ello, se establece el pago mensual de un monto equivalente al 100 % del valor general de la Asignación Universal por Hijo/a para Protección Social para los niños, las niñas y adolescentes hasta los 17 años de edad inclusive, o del 100 % de la Asignación Universal por Hijo/a con discapacidad, si cuentan con Certificado Único de Discapacidad vigente.
Asimismo, se regula el accionar de la ANSES ante el dictado de una medida excepcional por parte del órgano administrativo competente local en la materia; y los parámetros financieros de niños y niñas hasta los 12 años de edad inclusive y a partir de los 13 años de edad.

Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.

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