Conductores Tractoristas, Maquinistas de Máquinas Cosechadoras y Agrícolas - Resolución Nº 5/2021
Síntesis:
Se fijan las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña exclusivamente como Conductores Tractoristas, Maquinistas de Máquinas Cosechadoras y Agrícolas, en la actividad de Recolección y Cosecha de Granos y Oleaginosas, en el ámbito de todo el país, las que tendrán vigencia a partir del 1° de Enero de 2021, hasta el 31 de Julio de 2021.
Efectos Sobre el Acopio:
De interés general.
Normas Relacionadas:
Ley Nº 26.727.
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