ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA
ACLARAN PROCEDENCIA CON OTROS INCREMENTOS SALARIALES
Resolución N° 02/ 2.003
SECRET. DE TRABAJO
Con motivo del incremento de $50 de la asignación no remunerativa, a partir de lo haberes devengados de mayo/03, que eleva la misma a $ 200, se presentaron consultas relacionadas con su procedencia en el supuesto de haberse registrado incrementos salariales entre el 1/1/02 y el 31/12/03. Por ello la Secretaría de Trabajo dictó la Resolución 2/03 señalando que se considerarán incrementos los otorgados unilateralmente por el empleador, ya sean remuneratorios (en pesos y sobre los cuales se cotiza a regimenes provisionales) o no remuneratorios (vales alimentarios, ticket canasta, etc.) y que impliquen un crecimiento de la suma percibida. A tales fines no se consideraran incrementos salariales los derivados del cambio de status del trabajador previstos en los convenios colectivos de trabajo tal como recategorizaciones, antigüedad, etc. También se indicó que en el caso de remuneraciones variables, a los efectos del cálculo de la procedencia de la asignación, no debe incluirse la participación en utilidades de la empresa.