22/10/2008

SANIDAD ANIMAL TRÁNSITO O MOVIMIENTOS DE MERCANCÍAS RESOLUCIÓN Nº 356/2008 -Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos-

Por medio de la presente Resolución se dispone que el tránsito o movimientos de mercancías en el territorio de la República Argentina debe efectuarse al amparo documental en el Sistema de Gestión Sanitaria (SGS) o en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) desarrollados por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

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  • 606-Am-BO-Res356-08-SanidadAnimal-22-10-08.pdf Descargar