SANIDAD ANIMAL
TRÁNSITO O MOVIMIENTOS DE MERCANCÍAS
RESOLUCIÓN Nº 356/2008
-Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos-
Por medio de la presente Resolución se dispone que el tránsito o movimientos de mercancías en el territorio de la República Argentina debe efectuarse al amparo documental en el Sistema de Gestión Sanitaria (SGS) o en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) desarrollados por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.