14/01/2003

RES. GRAL. ? AFIP ? N° 1.419 : ADUANA. MERCOSUR. NORMAS PARA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS.-

Por medio de la RG 1.419, la AFIP estableció las normas para la circulación de automóviles, motocicletas, bicicletas motorizadas, casas rodantes y remolques, que se encuentren registrados en cualquiera de los estados partes de Mercosur, dado el movimiento turístico en esta época entre los países miembros.

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