RENATRE: ENCUESTA ? LA MISMA NO INCLUYE A LOS TRABAJADORES AGRARIOS NO PERMANENTES
De acuerdo a versiones recogidas de empresas acopiadoras y confirmadas por autoridades del Registro Nacional de Trabajadores Agrarios (RENATRE), este organismo ha remitido una encuesta a diversos empleadores de trabajadores agrarios a los fines de obtener información con el objeto de crear una base de datos para los cálculos necesarios sobre la puesta en marcha del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo que ha creado la Ley 25.191.
En dicha encuesta se solicita información sobre personal permanente propiamente dicho (Ley 22.248, Titulo I ? Peón de campo, etc.) y sobre personal permanente por temporada (figura laboral creada a este efecto y nuestro entender de manera errónea por las autoridades de este organismo). Consultadas autoridades del organismo nos aclaran que el denominado ?Personal Permanente por temporada? son aquellos trabajadores que se contratan regularmente en determinadas épocas del año (¿?).
No obstante ello se encargaron en aclarar que en ningún momento pretenden conocer datos sobre el Personal Agrario No Permanente que se ocupan para la Manipulación y Almacenamiento de Granos y la Carga en Chacra (Ley 22.248, Titulo II).
Por lo tanto, si se recibe en su empresa la encuesta mencionada y en su plantel de trabajadores no existen contrataciones de trabajadores agrarios permanentes (Ley 22.248, Titulo I) no deberá contestar la encuesta y si informar que ?la empresa no contrata personal agrario permanente o permanente por temporada, sino que por las actividades propias de la firma el único personal agrario contratado lo es de manera no permanente en los términos de la Ley 22.248, Titulo II (a destajo)?.