25/01/2010

REGISTROS ESPECIALES ADUANEROS MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.754/2010 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se efectúan diversas modificaciones con respecto a los Registros Especiales Aduaneros, entre otras modificaciones destacamos que se prorroga hasta el día 31 de julio de 2010 el plazo de caducidad de las declaraciones de solvencia económica y garantías presentadas a través de medios no electrónicos por los Agentes Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero y demás sujetos habilitados e incorporados al Sistema Registral. Se redefinen los plazos para la liberación de las garantías no electrónicas. Se elimina la excepción transitoria prevista para las personas físicas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales de los importadores y exportadores que fueran dados de alta de oficio en los "Registros especiales aduaneros" respecto del cumplimiento de los requisitos del registro digital de fotografía, firma y huella dactilar. Los Prestadores de Servicio de Archivo y Digitalización habilitados por AFIP e inscriptos en los "Registros Especiales Aduaneros", para respaldar las prestaciones de servicios de conservación y digitalización de la documentación aduanera, deberán emitir factura electrónica por sus comprobantes originales, en los términos de la Resolución General Nº 2.485. La presente Resolución General es de aplicación desde el día 26/01/2010.

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