RÉGIMEN DE COMPENSACIONES
RECTIFICACIÓN DE LOS DATOS CONSIGNADOS EN LAS DECLARACIONES JURADAS
RESOLUCIÓN Nº 486/2009
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
La Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario fija un mecanismo a fin de permitir que los beneficiarios del régimen de compensaciones rectifiquen los datos consignados en las Declaraciones Juradas presentadas, a pedido de parte interesada, siempre que se acrediten razones fundadas que así lo justifiquen y se acompañe la documentación respaldatoria a tal efecto.
El interesado podrá solicitar la rectificación de la Declaración Jurada en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la fecha de ingreso de la Declaración Jurada que pretende rectificar.
Para las Declaraciones Juradas presentadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Resolución, dicho plazo comenzará a computarse a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.