PRODUCCION AGROPECUARIA
SE AMPLÍA EL REGISTRO ÚNICO DE CLAVE BANCARIA UNIFORME
RESOLUCIÓN Nº 723/2008
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
Se amplía el Registro Único de Clave Bancaria Uniforme (CBU) creado por Resolución Nº 92/2008 para todos aquellos interesados en recibir pagos o reintegros de cualquier índole por parte de la O.N.C.C.A.
Los interesados deberán presentar, en carácter de Declaración Jurada, el Formulario de Registro de Clave Bancaria Uniforme (CBU) "DJ003" (REGISTRO CBU), que como Anexo, forma parte integrante de la citada Resolución Nº 92/08.
La misma deberá ser suscripta por el titular del pago o reintegro correspondiente o su representante legal y certificada por funcionario de ONCCA o ante escribano público o Juez de Paz.
La Declaración Jurada deberá ser presentada personalmente o por correo postal en las Agencias de esta Oficina Nacional.
Los pagos o reintegros de cualquier índole sólo se harán efectivos en la CBU que se encuentre inscripta en el Registro Único de Clave Bancaria Uniforme (CBU) y siempre que exista coincidencia entre el Nombre y Apellido o Razón Social y CUIT del titular de la cuenta bancaria correspondiente a la CBU denunciada con el Nombre y Apellido o Razón Social y CUIT del titular del pago o reintegro a percibir.
El mencionado registro entrará en vigencia a partir del 31 de agosto de 2008. Hasta dicha fecha esta Oficina Nacional realizará los pagos en las CBU que se encuentren denunciadas ante este organismo siempre que exista coincidencia entre el Nombre y Apellido o Razón Social y CUIT del titular de la cuenta bancaria correspondiente a la CBU denunciada con el Nombre y Apellido o Razón Social y CUIT del titular del pago o reintegro a percibir.