03/09/2021

Pequeña y Mediana Empresa - Resolución Nº 84/2021

Síntesis:
Se sustituye el punto 9.2 del Artículo 9° de la Resolución Nº 220/2019, disponiéndose que se considerará que una empresa está vinculada a otra empresa o grupo económico cuando ésta participe en el veinte por ciento o más del capital de la primera. Los requisitos deberán analizarse en forma individual, separada e independiente en relación a cada una de ellas.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Leyes Nº 24.467, Nº 25.300, Nº 27.264, Nº 25.467, Resolución Nº 220/2019.
 

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