NUEVOS ESTÁNDARES PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LA SOJA
?GRANOS VERDES?
RESOLUCIÓN Nº 220/2005
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos ante la detección en algunas zonas (debido a razones climáticas) de la existencia de lotes con un elevado contenido de pigmentos de clorofila (granos verdes), a través de la Resolución Nº 220/2005 resolvió disminuir el nivel de rebaja por la presencia de granos verdes en la base de comercialización de la soja, a efectos de hallar una adecuada proporción entre este defecto de calidad y la disminución en las liquidaciones a los productores agrícolas. En este sentido se amplía de 10% a 15% la tolerancia de granos verdes en las partidas correspondientes por el término de 90 días (desde el 21/04/05 hasta el 19/07/05) y se reduce a 0,2% los descuentos aplicables por encima de 5%. La presente Resolución regirá para operaciones de compraventa y depósito que se celebren a partir del día 21/04/05. Recordemos que la Resolución Nº 801/04 establecía una tolerancia de sólo 10% de granos verdes y definía un descuento de 0,5% por cada porcentaje o fracción proporcional para entregas con contenido superior a 5%.