MOLINOS HARINEROS
METODOLOGÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE COMPENSACIONES
RESOLUCIÓN Nº 3.436/2009
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
Se establece el régimen de compensaciones para los Molinos de Trigo y/o Usuarios de Molienda que vendan en el mercado interno, harina de trigo calidad triple cero ("000") en forma masiva o con destino al sector manufacturero para la elaboración de productos de consumo masivo, demostrando haber pagado el FAS teórico de acuerdo a condiciones de calidad, contemplándose la incidencia en el precio de compra del costo del flete según la ubicación geográfica del establecimiento elaborador.