20/06/2003

Ley 25.742 ? Código Penal: Agravan las penas para secuestradores

Por medio de este Ley, el Congreso Nacional ha resuelto modificar el Código Penal de la Nación, agravando las penas para los condenados por los delitos de secuestros y secuestros extorsivos (para obtener rescate). Concretamente se incluyen dentro de la figura de secuestro agravado (penas de 10 a 25 años) cuando la víctima fuese mujer embarazada, un menor de 18 años o mayor de 70 años, si fuera consanguíneo del autor, si se causare a la victima lesiones graves o gravísimas, cuando la victima sea persona discapacitada o enferma, cuando el autor sea funcionario o empleado publico, o pertenezca o haya pertenecido a una fuerza de seguridad u organismo de inteligencia del Estado. En todos los casos se incluye ahora la figura del arrepentido, pudiendo reducirse en tercio del máximo y la mitad del mínimo a aquellos participes o encubridores que proporcionen información que permitan conocer lugares, personas implicadas o cualquier otro dato que posibilite su esclarecimiento.

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  • 327-Am-BO-Ley25742-CodigoPenal-20-06-03.pdf Descargar