Inscripción y Habilitación de Pulverizadoras Terrestres - Resolución 38/2021
Síntesis:
Se dispone que a partir del 1º de Noviembre de 2021, la inscripción y primera habilitación anual de las máquinas aplicadoras nuevas, O km, inscriptas en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, según corresponda, serán eximidas de la presentación de la inspección técnica Protocolo de Habilitación – Anexo III del Decreto Reglamentario Nº 132/05. Asimismo se exime excepcionalmente y por única vez de dicha obligación a las máquinas aplicadoras nuevas que se hayan inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y que se hayan adquirido en el período comprendido entre el 1º de Octubre de 2020 y el 31 de Octubre de 2021.