Importaciones | Resolución General Conjunta N° 5.466/2023
Síntesis:
Se crea el “Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)”, a través del cual los importadores definidos en el apartado 1 del artículo 91 del Código Aduanero, anticiparán la información relativa a sus destinaciones de importación para consumo. También, se crea el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” en el cual deberán inscribirse los sujetos que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes y/o de servicios y efectuar la correspondiente declaración jurada.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Ley N° 24.425.
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