17/02/2003

FIRMA DIGITAL. AUTORIZACION TRANSITORIA PARA PROVEER CERTIFICADOS. Decreto N° 283 / 03

Hasta tanto se encuentre operativo el Ente Administrador de Firma Digital, como surge de la Ley 25.506 y su reglamento Dto. 2628/02, el PEN dictó el Decreto 283/03 a fin de autorizar con carácter transitorio a la Oficina Nacional de Tecnologías Informáticas (Jefatura de Gabinete) a proveer certificados digitales para su utilización en aquellos circuitos de la Administración Pública que requiera firma digital de acuerdo a la política de certificación vigente. Dto. 283/03 -

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