EXPORTACIONES
SUSPENCIÓN POR 180 DÍAS DE EXPORTACIONES DE CARNE VACUNA
RESOLUCIÓN Nº 114/2006
-Ministerio de Economía y Producción-
Se suspende por el término de 180 días las exportaciones para consumo de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR que se consignan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente medida.
Se exceptúa de lo dispuesto a las exportaciones para consumo que se efectuaren en el marco de los convenios país-país y a las comprendidas en los cupos tarifarios de cortes enfriados y congelados vacunos sin hueso de alta calidad otorgados por la Unión Europea.
La suspensión establecida no alcanzará a las exportaciones para consumo de aquellas mercaderías que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución, se encontraren amparadas por cartas de crédito irrevocables o pagadas total o parcialmente.