Empresas Productoras de Semillas - Resolución Nº 181/2014
Síntesis: Se autoriza por el término de dos años, a las empresas productoras de semillas, la identificación y comercialización de semilla de Trigo Candeal, bajo la clase “IDENTIFICADA” categoría “NOMINADA”, conforme a lo establecido en el Artículo 10 Inciso a) de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Ley Nº 20.247.
Descargar documentos
Empresas Productoras de Semillas - Resolución Nº 181/2014
Descargar