Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior - Resolución Nº 287/2020
Síntesis:
Se prorroga en forma automática y excepcional por treinta días corridos, a partir del dictado de la presente norma, las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior registradas y vigentes dentro del régimen creado por la Ley Nº 21.453 y su aclaratoria Nº 26.351, cuando el vencimiento del período de embarque con más la prórroga automática y/o la prórroga extraordinaria automática, operase durante el mes de Diciembre de 2020.