10/04/2018

Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior - Resolución N° 51/2018

Síntesis: El Ministerio de Agroindustria de la Nación reglamenta el procedimiento para las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior, a las que se refieren la Ley N°  21.453 y su aclaratoria N°  26.351, siendo la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios la repartición estatal que entenderá en el procedimiento para el registro de dichas Declaraciones Juradas. 
Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. 
Normas Relacionadas: Leyes N°  21.453 y N°  26.351.
 

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