Síntesis:
Se suspende, por el plazo de treinta días, la aprobación de solicitudes de Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne, en los términos de la Resolución Conjunta N° 3/2021, respecto de los productos cárnicos, de origen bovino, cuyas posiciones arancelarias conforme la Nomenclatura Común del Mercosur se detallan en la presente.