COMERCIO EXTERIOR
REQUISITOS PARA EXPORTADORES DE GRANOS Y/O SUS DERIVADOS
RESOLUCIÓN Nº 2/2009
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
Se fija en 45 días corridos el plazo de validez del ROE VERDE para que el exportador oficialice las destinaciones de exportación ante la Dirección General de Aduanas. Además se dispone un régimen especial optativo, otorgando al ROE VERDE un plazo de validez de 180 días corridos para todos los productos de origen agrícola comprendidos en el Anexo de la Ley Nº 21.453, los que serán aplicables para aquellos exportadores que opten por efectivizar el pago de los derechos de exportación dentro de los 5 días hábiles de haber sido aprobada la Declaración Jurada respectiva.