COMERCIO EXTERIOR
EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS
DECRETO Nº 764/2008
Por medio del presente Decreto se reglamenta la Ley Nº 26.351, por medio de la cual se dispuso que cuando se produzca un incremento en más de las alícuotas correspondientes a los derechos de exportación de productos agropecuarios alcanzados por las disposiciones de la Ley Nº 21.453, en el período comprendido entre el Registro de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) y el de la oficialización de la correspondiente Destinación de Exportación, los exportadores deberán acreditar de modo fehaciente la tenencia o en su caso la adquisición de tales productos con anterioridad al aludido incremento.