COMERCIO EXTERIOR
DECLARACIONES JURADAS DE VENTAS AL EXTERIOR DE TRIGO
RESOLUCIÓN Nº 584/2008
-Ministerio de Economía y Producción-
Se prorroga hasta el día 31 de Diciembre de 2008, lo dispuesto en la Resolución Nº 61/07, relacionada con la documentación adicional que deberán presentar los exportadores que hayan registrado declaraciones juradas de ventas al exterior de trigo de la cosecha 2006/07.