COMERCIO DE GRANOS
PRÓRROGA DE LA OBLIGATORIEDAD DE SUMINISTRAR INFORMACIÓN
DISPOSICIÓN Nº 4.181/2005
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
Se prorroga la obligatoriedad de suministrar información establecida en el Artículo 3º y 4º de la Disposición Nº 3.793/05 de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario, la que comenzará a regir a partir del día 1 de noviembre de 2005 teniendo vencimiento, las mensuales del 1 al 10 de diciembre de 2005 y las semanales a partir de la segunda semana del mes de diciembre de 2005, subsistiendo hasta entonces la obligatoriedad de informar conforme el diseño anterior a la sustitución. Recordemos que por medio de la mencionada Disposición se estableció en su Artículo 3º la obligatoriedad de suministrar información, (de acuerdo a lo establecido por la Disposición Nº 1.044/04), de carácter mensual a partir del día 1 de Octubre de 2005, teniendo vencimiento del 1 al 10 de Noviembre de 2005, y en su Artículo 4º estableció la obligatoriedad de suministrar información de carácter semanal a partir del día 1 de octubre de 2005.