19/10/2021

Biocombustibles - Decreto Nº 717/2021

Síntesis:
Se determina que las actividades de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles serán reguladas de conformidad a lo previsto en la Ley Nº 27.640, en la presente reglamentación y las normas complementarias que se dicten al respecto. Además, se instruye a la Secretaría de Energía para que, en el plazo máximo de ciento ochenta días, lleve a cabo una revisión del marco regulatorio del sector.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Ley Nº 27.640.
 

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