ARANCELES
EVALUACIÓN PSICOFÍSICA DE LOS CONDUCTORES PROFESIONALES
DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGAS GENERALES
Y PELIGROSAS DE JURISDICCIÓN NACIONAL.
RESOLUCIÓN Nº 556/2004
-Secretaría de Transporte-
Por medio de la Resolución Nº 556/2004 la Secretaría de Transporte dispone la sustitución del Artículo Nº 3 de la Resolución Nº 405/2003, estableciéndose que los aranceles cuyo pago deba efectuarse a los habilitados de acuerdo al régimen de los pliegos de bases y condiciones que rigen los concursos públicos nacionales CNRT 1/2003 y 3/ 2003 serán compensados hasta una suma equivalente a cuarenta y tres con veinticuatro centésimos (43,24) horas cátedra para los cursos de primera formación y a trece con treinta y tres centésimos (13,33) horas cátedra para los restantes cursos, en el caso del establecimiento de la formación profesional de los conductores de vehículos de transporte terrestre de cargas generales de jurisdicción nacional y por una suma equivalente al cien por ciento (100%) de su valor, en el caso de evaluación psicofísica de los conductores profesionales de vehículos de transporte terrestre de cargas generales y peligrosas de jurisdicción nacional. Dichas sumas deberán ser deducidas del monto aprobado por los pliegos de bases y condiciones pertinentes a los efectos del pago por parte de los obligados.