Síntesis: Por medio del presente Decreto se dispone que los contribuyentes y/o responsables del pago de tributos, sus actualizaciones, recargos, intereses, multas y/u otros recursos adeudados, vencidos al día 31 de Octubre de 2014, podrán acceder a un régimen excepcional de facilidades de pago para la cancelación de dichos montos. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Código Tributario – Ley Nº 6.006, Decreto Nº 1.356/2010.