24/01/2017

Resolución Normativa Nº 44 – DGR - CBA

Síntesis: 
Para el caso del los Impuestos Inmobiliario Urbano y Rural, Propiedad del automotor y embarcaciones se abonen en la cuota única en tiempo, gozan del descuento del 10 % , si a su vez se abona mediante medios electrónicos se deduce un 10 %, siendo este descuento acumulable para el pago de la cuota única.
Si los tributos mencionados se abonan en cuotas a través de débito bancario (Tarjeta de Crédito o Cuenta Bancaria) se reduce el 10 % de su monto, únicamente para el periodo fiscal 2017. 
  
Efectos Sobre el Acopio:
 
De interés general.
 
Normas Relacionadas:
 
Decreto Nº 9/2017, Resolución Ministerial Nº 523/2016 y Resolución Normativa Nº 1/ 2015 y modificatorias.

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  • Prórroga de la Emergencia Agropecuaria - Provincia de Córdoba - Decreto Nº 1913/ 2016 Descargar