Síntesis: La Dirección General de Rentas modifica el texto de la Resolución Normativa Nº 1/2011, ampliando la opción de pago de los tributos a todas la entidades Bancarias, independientemente de la Deuda a la que se refiere. Además se ajustan los Códigos de Actividad que deben utilizar las Fundaciones, Colegios o Consejos Profesionales y Asociaciones Profesionales con Personería Gremial, que tengan la totalidad de sus ingresos exentos conforme el inciso 3) del Artículo 178 a raíz de la implementación de la Declaración Jurada Anual informativa a través del Aplicativo domiciliario APIB.CBA. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Resolución Normativa Nº 1/2011.