Res. 14/02 del Ministerio de Producción y Finanzas de Córdoba: Tasa de intereses por mora o recargos resacitorios.
Se est0blece la tasa de interés del 0,13 % diario para los tributos provincia que se depositen fuera de su plazo de vencimiento. La norma rige a partir del 01/09/2002.-