Régimen Excepcional de Facilidades de Pago - Implementación - Decreto Nº 1.346/2012
Síntesis: Se dispone que los sujetos obligados y/o responsables del pago de acreencias no tributarias generadas en el ámbito del Ministerio de Agua, Ambiente y Energía de la Provincia de Córdoba o de otros Organismos o Dependencias que hayan conferido la recaudación y/o administración de los mismos a la Dirección General de Rentas, sus actualizaciones, recargos, intereses y multas, vencidas y no prescriptas al día 30 de Septiembre de 2012, podrán acceder a un régimen excepcional de facilidades de pago para la cancelación de dichos montos, en las condiciones que se establecen en el presente Decreto. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Leyes Nº 10.029, Nº 9.867, Nº 8.548, Decreto Nº 489/05.
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Decreto Nº 1.346/2012 - Régimen Excepcional de Facilidades de Pago
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